Al Cádiz CF le sale el tiro por la culata en el recurso de la primera amarilla a Servando

Servando, jugador del Cádiz CF / Trekant Media

El pasado domingo frente al Mérida AD, el central del Cádiz CF Servando veía dos amonestaciones que provocaban su primera expulsión de amarillo, la primera por "jugar el balón con la mano, cortando una jugada del equipo contrario" en el minuto 48, y la segunda en el 70 por "derribar a un contrario en la disputa del balón".

El club cadista ha elevado el correspondiente recurso por la primera de las imágenes al Juez de Competición de Segunda División B, aportando un vídeo, pero su reclamación ha sido desestimada y el futbolista continúa sancionado.

El Juez de Competición reprende al Cádiz CF en los fundamentos de derecho de la resolución "El artículo 236.1 del Reglamento General de la RFEF establece que el árbitro es la autoridad deportiva 'única e inapelable' en el orden técnico para dirigir los partidos, por lo que no es posible revocar una decisión arbitral invocando una mera discrepancia en la interpretación de las reglas del juego, cuya competencia 'única, exclusiva y definitiva' corresponde al colegiado, según el tenor literal del artículo 111.3 del Código Disciplinario de la RFEF"

Y continúa alegando que "reiteradamente se vienen pronunciando las diferentes instancias de disciplina deportiva en el sentido de no poder revocar una decisión arbitral sobre la base de una apreciación tan subjetiva como es el ánimo o la voluntad del jugador, o la circunstancia de cortar el juego, para sustituirla por la no menos subjetiva opinión de quien la impugna. Según no menos reiterada doctrina, las apreciaciones o valoraciones sobre hechos relacionados con el juego llevadas a cabo por los colegiados 'son definitivas y se presumen ciertas' salvo las excepciones recogidas en los artículos 27.3 y 130.2 del Código Disciplinario de la RFEF, que no se producen en la presente ocasión a través de la prueba videográfica aportada, en la que resulta evidente e incontrovertido el contacto del balón con el brazo del jugador Don Servando Sánchez Barahona, consideraciones que llevan a desestimar el pedimento de que se anule las amonestación impugnada".

Por tanto, el Juez de Competición acordó suspender por un partido a Servando, por doble amonestación, con multa accesoria de 45 euros al club y 600 euros al futbolista.

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