El Cádiz CF se expone a una sanción por el lanzamiento de una botella

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El Cádiz CF y el Athletic Club cerraron la 33ª jornada de LaLiga Santander con una derrota que deja a los amarillos un punto por encima de los puestos de descenso. El partido se puso muy emocionante con posibilidades de los amarillos incluso de empatar el encuentro, algo que sin embargo no sucedió.

En el minuto 90 el árbitro del partido, Valentín Pizarro Gómez, decretó solo cinco minutos de tiempo añadido, algo que fue protestado por el banquillo del Cádiz CF y enérgicamente también por toda la afición en el estadio. Pero hubo un aficionado que arrojó una botella al terreno de juego y el colegiado se percató de ello, acercándosela al delegado del equipo, Salvador Chirino y anotándolo en el acta.

"En el minuto 90, fue lanzada una botella de 500ml con el tapón puesto, que albergaba en su interior la mitad de su contenido aproximadamente. Esta botella cayó en la banda del Árbitro Asistente Nº2 introduciéndose en el terreno de juego, sin impactar en ningún participante del encuentro. Tras mostrar y entregar el objeto al Delegado Local, se le indica que comunique por medio de la megafonía del estadio que en caso de volver a repetirse un incidente de características similares se procederá a la suspensión del encuentro de manera definitiva. Una vez comunicado, tras ser transmitido finalmente por este medio, se reanudó el encuentro. Siendo repetido de nuevo 15 segundos más tarde", versa la anotación en el acta.

El Cádiz CF se expone a una sanción en base al artículo 15 del Código Disciplinario, que establece que "cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general […] incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva".

Si el Comité de Competición considera que el lanzamiento de la botella se trata de una alteración del orden del encuentro de carácter leve será sancionado con una multa de hasta 602 euros tal y como se indica en el artículo 110 del Código Disciplinario; pero si se considera grave el club se expone a una multa de hasta 6.000 euros y la clausura parcial del estadio, apercibiéndole con la clausura total para futuras ocasiones.

También podría ser sancionado por el artículo 101.2 del Código Disciplinario: "Se considerará infracción de carácter grave y será sancionado con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y apercibimiento de clausura, el lanzamiento de varios balones, o  de cualquier otro elemento al terreno de juego procedentes de la grada, con independencia de si el juego está o no detenido".

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