La Copa del Rey repite el formato de la pasada temporada

Foto: Comunicación Cádiz C.F.

La RFEF ha dado a conocer las bases para las competiciones de la Copa del Rey, la Supercopa de España y la Copa RFEF. En la primera de ellas, que será la que dispute el Cádiz CF, se vuelve a repetir el formato de la pasada campaña en la que las eliminatorias serán hasta semifinales a partido único.

El Campeonato de España / Copa de S.M. El Rey está estructurado en un total de siete eliminatorias y la final, que se disputarán a partido único, salvo las semifinales que se disputarán en formato de ida y vuelta. Las fechas serán las siguientes:

1. Eliminatoria Previa: 11 de noviembre de 2020.
2. Primera eliminatoria: 16 de diciembre de 2020.
3. Segunda eliminatoria: 6 de enero de 2021.
4. Dieciseisavos de final: 16 de enero de 2021 y 20 de enero de 2021 para los emparejamientos con los cuatro clubes participantes en la Supercopa de España.
5. Octavos de final: 27 de enero de 2021.
6. Cuartos de final: 3 de febrero de 2021.
7. Semifinales: 10 de febrero y 3 de marzo de 2021.
8. Final: 17 de abril de 2021.

Participarán un total de 116 clubes: los 20 y 22, respectivamente, que conformaron la Primera y la Segunda División en la temporada anterior; los 28 equipos de Segunda División B que quedaron clasificados en los siete primeros puestos en cada uno de los cuatro grupos, excluyendo filiales y dependientes; 32 adscritos a Tercera División, entre ellos los 18 que quedaron clasificados en como primeros de grupo, los 4 equipos que queden semifinalistas en la Copa Real Federación Española de Fútbol y los vencedores en la eliminatoria previa que disputarán 20 equipos provenientes de Categoría Territorial.

De la misma forma también se han adoptado unas disposiciones extraordinarias por Covid-19.

El documento incluye una serie de Disposiciones extraordinarias por la pandemia de COVID-19, comenzando por una “Salvaguarda genérica” que indica que “lo dispuesto en las presentes Bases o Normas de competición puede verse modificado durante el transcurso de la temporada por causa de fuerza mayor” y que será “competencia de la Comisión Delegada de la Asamblea de la RFEF la determinación de la paralización y/o de la vuelta a la competición en atención a las causas de fuerza mayor que sobrevengan y su prolongación en el tiempo, salvo en aquellos aspectos que la competencia fuera del Juez/a de Competición”.

En este sentido se precisa que quedarán acreditadas las causas de fuerza mayor “cuando en un territorio determinado exista una normativa o una orden gubernativa, y si fuere el caso, debidamente avalada por la justicia competente, que impida el desarrollo de las actividades deportivas de competición federada, ya sea entrenamientos de cualquier nivel o la disputa de partidos en dicho territorio o bien que se haya decretado el Estado de Alarma que incluya estas limitaciones”.

En caso de suspensión o paralización de las competiciones por esa causa de fuerza mayor antes del 30 de junio y si no pudiesen desarrollarse una o varias de las eliminatorias de la competición, está “se dará por finalizada sin campeones, ni otros resultados, salvo que quedase por disputar exclusivamente la final o la final four, en cuyo caso la Comisión Delegada podrá decidir disputarla durante la siguiente temporada”.

En todo caso, precisa, “si por cualquier circunstancia de fuerza mayor no se pudieran disputar algunos partidos de la eliminatoria y sí otros, se dará

continuidad con los equipos vencedores que sí la hubieren disputado y con aquellos equipos que no habiéndolas podido disputar el motivo no guardara relación con los integrantes de ese mismo equipo o con el territorio donde disputan los encuentros”.

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