El Cádiz CF presentó lógicamente alegaciones por la cartulina mostrada a Rubén Alcaraz ante el Real Madrid por una acción con Dani Ceballos en la que el jugador madridista simuló un manotazo en la cara cuando realmente el jugador cadista solamente pone la mano en su pecho. El colegiado en el acta no reflejó curiosamente la zona del impacto como se suele hacer en muchas ocasiones, sino que se limitó a motivar la misma en “impactar con su brazo a un adversario de manera temeraria en la disputa del balón”. Esta circunstancia limitaba la capacidad de maniobra en dichas alegaciones pues esa “temeridad” a la que hacía referencia Gil Manzano es prácticamente imposible de medir.
El Cádiz había alegado la existencia de un error material manifiesto y mantiene que el jugador amonestado no realizó dicha acción y que gracias a las imágenes aportadas al expediente, quedaría probado que su jugador, no impactó con su brazo al jugador contrario, sino lo que hubo fue un contacto involuntario con la palma de la mano (y no con el brazo) que fue consecuencia de la propia inercia del giro.
El juez de Competición de la RFEF no cree que exista en el acta por tanto un error manifiesto y que “en la apreciación de las infracciones referentes a la disciplina deportiva, las decisiones del árbitro sobre hechos relacionados con el juego son definitivas presumiéndose ciertas, salvo error material manifiesto”. Y tampoco tiene en cuenta la simulación del rival, dictaminando que “con independencia de la reacción de este último, lo que no queda probado en absoluto es que dicha acción fuese accidental o consecuencia del juego, por lo que este Comité coincide con el árbitro en que debe considerarse antirreglamentaria”.
Aunque el Cádiz puede presentar recurso ante Apelación, por el momento se desconoce si continuará por esa vía.