La expulsión de Matos, ratificada: El Comité de Disciplina desestima las alegaciones del Cádiz

Foto: Trekant Media

El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha emitido una resolución desestimando las alegaciones presentadas por el Cádiz CF contra la segunda tarjeta amarilla mostrada al jugador José Joaquín Matos García durante el partido contra el Eldense. Esta amonestación, ocurrida en el minuto 86, llevó a la expulsión del futbolista y una sanción automática de un partido de suspensión.

En su resolución, el Comité explicó que las alegaciones del Cádiz CF señalaban una discrepancia entre los hechos reflejados en el acta arbitral y lo acontecido en el terreno de juego. No obstante, el órgano disciplinario subrayó que para anular una amonestación es imprescindible demostrar un error material manifiesto en el acta mediante pruebas claras e inequívocas.

Según el artículo 27 del Código Disciplinario de la RFEF, las actas arbitrales tienen presunción de veracidad, salvo que se pruebe un error manifiesto. Este criterio ha sido respaldado por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que considera válidas las pruebas videográficas para desvirtuar el contenido de dichas actas, siempre que estas demuestren de manera concluyente la inexistencia de los hechos descritos.

El Comité afirmó que el Cádiz CF no presentó elementos probatorios que desvirtuaran la acción reflejada en el acta arbitral. En consecuencia, se confirmó la segunda amonestación a Matos y las sanciones derivadas de ella, incluyendo una multa accesoria tanto para el club como para el jugador, según el artículo 52 del Código Disciplinario.

Esta resolución reitera la firmeza de las actas arbitrales y la necesidad de pruebas contundentes para cuestionarlas, conforme a lo estipulado en el Reglamento General de la RFEF.

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