El Cádiz CF valora la sentencia del 'Caso Chico' en un comunicado

 

El Cádiz CF valora la sentencia del 'Caso Chico' en un comunicado

 

Califican "muy positivamente" la sentencia del Juzgado de lo Mercantil.

  Jesús M. López 15.11.2011   Comparte
 
Foto: portalcadista.com


El Cádiz CF, en un comunicado emitido a primera hora de la tarde del día de hoy, ha realizado una valoración sobre la sentencia que le da la razón al club cadista en el incidente concursal del llamado 'Caso Chico'.

El comunicado es el siguiente:

El Consejo de Administración del Cádiz Club de Fútbol, S.A.D. valora muy positivamente la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, recaída en el incidente concursal propiciado con motivo del traspaso del jugador Jose Manuel Flores “Chico” de la Unión Deportiva Almería al Genova italiano.

Cabe recordar que al momento de traspasar al jugador al Almería, allá por junio del año 2008, el Cádiz se reservó un derecho sobre el 30% del importe de una posible venta del futbolista a otro Club.

Sin embargo, en el mes de julio de 2010, debido a las circunstancias económicas en las que se encontraba inmerso el Club, estando inminente la declaración de concurso y ante las amenazas del Almería de ceder al futbolista, en lugar de traspasarlo, se optó por realizar una cuantificación de ese derecho en 500.000 euros, bajo el doble objetivo de garantizar un cobro inmediato, y de evitar el riesgo de que el Cádiz viera frustradas sus expectativas contractuales.

La sentencia ubica temporalmente la decisión mencionada, en el contexto y condicionantes expuestos. En especial, refiere expresamente en su Fundamento de Derecho primero, cómo la postura de la U.D. Almería era “Que si el Cádiz CF SAD no hubiese aceptado la negociación de la renuncia, habría perdido 500.000 euros por una cláusula que nunca se iba a materializar”

No obstante, la medida de renuncia quedó carente de contenido desde el momento en que, entre otras circunstancias, pero fundamentalmente, la U.D. Almería ni siquiera ha efectuado el abono de lo pactado en dicho documento, como expone la resolución judicial, al mencionar textualmente:

“En el presente caso, no nos encontramos ante un acto del giro o tráfico que sea imprescindible para la continuación de la actividad del Club concursado, ya que la cantidad que se pactó por la renuncia, 500.000 euros, no fue abonada, como quedó acreditado en el acto del Juicio (…) con lo cual, nada aportó para la continuación de la actividad empresarial”.

En base a ello, y a otros argumentos concurrentes en una resolución perfectamente fundamentada, el Juzgado de lo Mercantil acuerda ANULAR la renuncia verificada en julio de 2010, y que por tanto habrá de estarse a lo dispuesto en los pactos de 30 de junio de 2008, debiendo abonar la U.D. Almería al Cádiz Club de Fútbol el mencionado 30% respecto al traspaso del jugador al Genova. Contra esta resolución no cabe recurso alguno, y el mencionado abono habrá de verificarse a la mayor brevedad.


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