La expulsión de Víctor Chust en el partido entre el Celta y el Cádiz sigue generando controversia. Gil Manzano, árbitro del encuentro, había informado en el acta que Chust fue expulsado por "sujetar a un adversario, evitando con su acción una manifiesta ocasión de gol". Esta decisión fue objeto de debate, especialmente al no ser revisada por el VAR dirigido por Del Cerro Grande.
Ante esta situación, el Cádiz presentó alegaciones al Comité de Disciplina, esperando revertir la sanción a Chust. Sin embargo, el Comité ha desestimado estas alegaciones, manteniendo la validez de las decisiones arbitrales. Según el artículo 27 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, las actas arbitrales gozan de presunción de veracidad, salvo en casos de error material manifiesto. En este contexto, la interpretación de Gil Manzano de que hubo una "ocasión manifiesta de gol" es considerada subjetiva y respaldada por su autoridad en el campo.
El Comité de Disciplina, tras revisar las pruebas videográficas aportadas por el Cádiz, concluyó que no había pruebas concluyentes de un error material manifiesto en la decisión de Manzano. Esta conclusión aplica tanto a la expulsión de Chust como a la amonestación de otro jugador del Cádiz, Iván Alejo Peralta, por "exagerar un ligero contacto con la mano del adversario".
Con estas resoluciones, las sanciones disciplinarias a los jugadores del Cádiz se mantienen, aguardando el impacto que tendrán en los próximos encuentros del equipo, aunque el club cadista se dispondrá a presentar en tiempo y forma el correspondiente recurso ante el Comité de Apelación.